Primer Paso Legal:
¿Persona Natural o Jurídica? (Paso 1)
Guía interactiva para emprender e importar protegiendo tu patrimonio.
Herramientas de Estudio Activas
Anotaciones Rápidas:
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Quick Summary: La Base de tu Negocio
Antes de traer tu primer producto, debes definir quién eres ante la ley. Esta decisión afecta tu patrimonio personal, tus impuestos y cómo te ven los proveedores internacionales.
1. El Dilema del Importador: ¿Persona Natural o Jurídica?
El primer gran paso es elegir cómo constituirás tu empresa. Esta elección tiene implicaciones directas sobre el riesgo que asumes:
Tabla Comparativa: Riesgo y Responsabilidad
*(Desliza a la izquierda para ver la tabla completa)*
| Característica | Persona Natural | Persona Jurídica |
|---|---|---|
| Responsabilidad | Ilimitada. | Limitada. |
| Obligaciones | A título personal (asume la responsabilidad total). | A nombre de la entidad creada. |
| Exposición al Riesgo | Alta: tus bienes personales (casa, auto) responden por las deudas y obligaciones de la empresa. | Baja: las deudas se limitan a los activos registrados a nombre de la empresa, protegiendo tus bienes personales. |
| Recomendado para | Negocios muy pequeños (bodegas, peluquerías) y actividades no complejas. Importaciones de bajo valor (excepciones). | Negocios con mayor envergadura, que buscan acceder a créditos favorables y mejorar su reputación en el mercado. |
4. Regímenes Tributarios
Introducción y Exclusiones del NRUS
El régimen tributario define cómo y cuánto se pagan los impuestos. Los importadores deben elegir entre el Régimen Especial de Renta (RER), el Régimen MYPE Tributario (RMT) o el Régimen General (RG).
¿Por qué el NRUS está (casi siempre) Excluido de la Importación?
El Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) está diseñado para pequeños negocios (bodegas, peluquerías) y no es elegible para la mayoría de las operaciones de comercio exterior.
Exclusiones Clave del NRUS:
- Importaciones definitivas que no excedan los US$ 500.00 por mes.
- Exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b y c del artículo 83 de la Ley General de Aduanas.
- Exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación.
Operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.
Revisa en este enlace la lista completa de actividades no comprendidas en el Nuevo RUS.